Representantes de Partidos ante el Consejo General del IEEM.

De conformidad con el más elemental significado, la palabra representante se define como aquella persona que actúa a nombre de otra. Esto es, la representación implica a una tercera persona que realiza actos con efectos y consecuencias para otro.
En el mundo jurídico, la representación se actualiza, ya sea por ministerio de ley, como es el caso de padres o tutores hacia menores de edad, o con la realización de un acto jurídico formal que implique la declaración del interesado a ser representado.
Se dan varios supuestos para formalizar la representación legal, dependerá de la materia de que se trate, si se trata de una persona física o jurídico colectiva, entre otras características peculiares.
En el caso del derecho electoral, los partidos políticos cuentan con representantes que integran el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, al respecto el Código Electoral de nuestra entidad federativa, refiere en el numeral 176:
Artículo 176. El Consejo General se integrará por: I. Un Consejero Presidente y seis consejeros electorales, con voz y voto, designados por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral. II. Un representante, con derecho a voz y sin voto, de cada uno de los partidos políticos con registro. III. Un Secretario Ejecutivo, quien será nombrado y removido por las dos terceras partes del Consejo General, a propuesta del Consejero Presidente.
El requisito formal para ese tipo de representación, es el comunicado que se dirija al Consejero Presidente, suscrito por el que cuenta con la facultad legal de actuar a nombre de la dirigencia estatal del instituto político correspondiente.
Lo anterior, en cuanto a los formalismos para el nombramiento de o de los representantes del partido político de que se trate, propietario y suplente. Ambos con prácticamente las mismas atribuciones formales, entendiendo que el suplente actúa por ausencia del propietario.
El papel de los representantes de partido, tanto en Consejo General, como en órganos desconcentrados, ha sido el de actuar para salvaguardar la democracia y el cumplimiento de la ley en materia electoral.
Sin embargo, dado a que son representantes de institutos políticos, su actuar versa en mucho a atender las posturas ideológicas y en el caso de al menos el PAN, también a aspectos doctrinarios determinados claramente, respaldados por los ciudadanos que han otorgado su voto y confianza para que ese instituto político mantenga su registro y presencia nacional como segunda fuerza política y principal partido de oposición.
Los representantes, pueden ser considerados en un esquema democrático, como los portavoces de diversas corrientes del pensamiento político, pero con un objetivo en común: el respeto de la normatividad electoral y la defensa del Estado Democrático.
Los partidos políticos deben reflexionar profundamente al decidir quiénes serán las personas que nombrarán para actuar a su nombre, pues comprometen su imagen y prestigio.
En nuestro caso en concreto, buscamos que la representación del PAN actúe bajo los principios y valores que tradicionalmente se han enarbolado, así como con un compromiso de colaboración y fortalecimiento de las instituciones democráticas, como es el Instituto Electoral del Estado de México, con disposición de construir acuerdos con las distintas fuerzas políticas en beneficio de la ciudadanía.
La representación del PAN ante el IEEM, va más allá de los que cuentan con nombramiento formal, los panistas que forman parte de esta oficina, saben plenamente que, con sus acciones dentro y fuera del ámbito laboral, fortalecen la imagen de nuestro instituto político.
En este 2020, se iniciará el proceso electoral en el que se renovarán a los integrantes del Congreso Local y de los ayuntamientos del Estado de México, el IEEM tendrá nuevamente la gran responsabilidad de garantizar el cumplimiento de todos los aspectos para que sea la voz de los ciudadanos, la que decida quienes serán los que tendrán el honor de ser representantes populares.
Y los partidos políticos, por conducto de sus representantes, independientemente de la oferta política que ofrezcan, deberán estar a la altura de las circunstancias y atender a la voluntad popular.
Cordialmente
Dr. en Derecho Gabriel García Martínez
Representante Suplente del Partido Acción Nacional ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.