Importancia de los derechos políticos en la democracia representativa

Nueva Alianza Estado de México
Uno de los grandes retos que enfrentan las sociedades modernas es lograr homologar las condiciones de vida de los seres humanos.
En una época en donde la modernización política está vinculada directamente con procesos democráticos cada vez más incluyentes, en los que concurren las diversas fuerzas que reflejan la pluralidad política del país, es importante seguir consolidando el ejercicio de los derechos políticos, pues son el instrumento para el fortalecimiento de la cultura política y democrática de una nación.
En los Estados democráticos, los derechos políticos han abierto las puertas a una participación directa de los ciudadanos en los procesos electorales por medio de los cuales pueden asumir los cargos de elección popular. Asimismo, tales derechos han representado la autorización para influir en la construcción de la voluntad estatal y las actividades relacionadas con el Estado; es decir, el derecho a participar e intervenir directa o indirectamente en la formación del gobierno y de la ley.
En el caso mexicano, por ejemplo, los derechos políticos son reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y podemos encontrarlos dentro de la misma.
Por una parte, los derechos civiles son todos aquellos que la Constitución le reconoce al individuo en su calidad de hombre y como miembro del aparato social, los cuales “están adscritos a todas las personas humanas capaces de obrar” (Ferrajoli, 2002. p. 40). Por su parte, los derechos políticos, llamados también derechos del ciudadano, son vistos como “aquellos derechos que la Constitución reconoce a todos los individuos para posibilitarles la participación en la expresión de la soberanía nacional” (Amaya, 2016. p. 46), es decir, la única distintiva entre estos derechos, será la de construir una relación entre el ciudadano y el Estado, entre gobernantes y gobernados, siendo ambos tipos, los instrumentos que posee el ciudadano para participar, configurar y decidir en la vida política de un país.
Dentro de este amplio espectro de derechos, encontramos el derecho de voto, de acceso a los cargos públicos, de petición política, de reunión y asociación con fines políticos y, en general, todos aquellos en los que se manifiesta y se funda la representación y la democracia política.
Debemos recordar que los derechos políticos del ciudadano están consagrados y referidos en las fracciones I a IV, VII y VIII del artículo 35 de la CPEUM. Sin embargo, en la Constitución mexicana no se establece explícitamente un derecho general de participación política, sino que se enumera en el mismo artículo 35, una serie de privilegios del ciudadano, entre los que se encuentran aquellos que llamamos propiamente “derechos políticos”.
Ya sea en el plano nacional o internacional, se trata pues de derechos por excelencia que comprenden ciertos privilegios exclusivos del ciudadano, tanto en materia de voto, como de otros tipos de participación en los asuntos públicos, pues como lo indica la Comisión Internacional de Derechos Humanos (2009), la participación política es el derecho por excelencia, ya que reconoce y protege el derecho y el deber de los ciudadanos de participar en la vida política del Estado.
Ejemplo de ello es el derecho al voto, que además de ser un derecho político de carácter primordial, puede ser visto como un principio de la democracia representativa; un poder reconocido por los ordenamientos jurídicos nacionales e internacionales que otorga a los individuos la capacidad de intervenir en la adopción de las decisiones políticas y en la formación de las normas a través de las que se expresa la voluntad general.
Esto significa que ese poder de decisión que se confiere al individuo es un fin en sí mismo, un derecho que garantiza la posibilidad de participar, pero sobre todo, de que esa decisión tenga consecuencias jurídicas, pues debe imponerse como resultado, la voluntad manifestada por el pueblo.
Así, la defensa de los derechos políticos en el ámbito electoral, no sólo permite definir el escenario para la participación directa del ciudadano en la construcción de la democracia, sino además, coadyuva en el respeto absoluto de los derechos humanos y político electorales de la sociedad.
Mtro. Mario Alberto Cervantes Palomino
Presidente del Comité de Dirección Estatal de Nueva Alianza Estado de México
Referencias Bibliográficas
- Amaya, Alejandro. 2016. Los derechos políticos. 1ª. Ed. Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Astrea. P. 46-129.
- Ferrajoli, Luigi. 2002. Derechos y garantías. La Ley del más débil. Madrid: Trotta. 37-72
Legislación
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.